
Glosario
Activo Subyacente: Activo financiero o Índice de activos financieros que es objeto de un Contrato de los negociados en el Mercado.
Cascada: aplica a los Contratos de Futuro y Swaps del Grupo de Energía. Procedimiento mediante el cual, el último día de registro del Contrato, un Contrato con un Periodo de Entrega determinado se descompone en Contratos de menor Período de Entrega.
Cerrar (un Contrato): Realizar una transacción opuesta a la que dio origen al Contrato, comprando un Contrato idéntico al previamente vendido o vendiendo uno idéntico al previamente comprado. Para que dos Contratos sean idénticos, deben coincidir en Clase, Tipo y Serie.
Clase de Contratos: Contratos de Futuro y de Opción referidos al mismo Activo Subyacente.
Cliente: Persona física o jurídica que realiza Transacciones de compraventa de Contratos en el Mercado accediendo a él a través de un Miembro.
Condiciones Generales: Normas del Mercado que describen las características concretas de cada Contrato.
Contrato: Término genérico que incluye todos los Futuros y Opciones admitidos a negociación en el Mercado.
Contrato de Forward: Contrato a plazo por el cual el comprador se obliga a comprar el Activo Subyacente y el vendedor a venderlo a un precio pactado (Precio Forward) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Puesto que la liquidación del Contrato puede realizarse por diferencias, la obligación de comprar y vender se puede sustituir en ese caso por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias. No se liquidan las pérdidas y ganancias hasta el vencimiento.
Contrato de Futuro: Contrato normalizado a plazo, por el cual, el comprador se obliga a comprar el Activo Subyacente y el vendedor a venderlo a un precio pactado (Precio de Futuro) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Hasta dicha fecha o hasta que se realice una transacción de cierre, se realizan las Liquidaciones Diarias de Pérdidas y Ganancias.
Puesto que la liquidación del Contrato puede realizarse por diferencias, la obligación de comprar y vender se puede sustituir en ese caso por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias.
Contrato de Opción: Contrato normalizado a través del cual, el comprador adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar (CALL) o vender (PUT) el Activo Subyacente a un precio pactado (Precio de Ejercicio) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Dicho contrato se puede ejercitar sólo en la Fecha de Vencimiento (Opción de Estilo Europeo) o en cualquier momento antes de la Fecha de Vencimiento (Opción de Estilo Americano), según establezcan las Condiciones Generales de cada Contrato.
Puesto que la liquidación del Contrato puede realizarse por diferencias, la obligación de comprar y vender se puede sustituir en ese caso por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias.
Contrato de Swap: Contrato a plazo por el cual el comprador se obliga a comprar el Activo Subyacente y el vendedor a venderlo a un precio pactado (Precio Swap) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Puesto que la liquidación del Contrato puede realizarse por diferencias, la obligación de comprar y vender se puede sustituir en ese caso por la obligación de cumplir con la Liquidación por Diferencias. Hay una liquidación de pérdidas y ganancia periódica (no diaria).
Cuenta de Compensación: Registro contable en el que se anotan las Transacciones realizadas por su titular y las posiciones abiertas que resultan de las mismas.
Cuenta Diaria: Cuenta en la que se registran durante una sesión las Transacciones realizadas por un Miembro para su posterior asignación a Cuentas Propias, en su caso, o de Clientes.
Cuenta Global: Esta cuenta recoge las Transacciones que un Cliente ha realizado utilizando diferentes Identidades Comerciales a efectos de que las liquidaciones y Depósitos en Garantía puedan ser calculados sobre el saldo que dicha cuenta arroje.
Depósitos en Garantía: Importe de garantías exigidas por MEFF RV cuya función es cubrir los riesgos que MEFF RV asume por los Contratos registrados en cada Cuenta.
Día Hábil: Aquel día establecido como tal en el calendario que MEFF RV publicará antes del inicio de cada año natural.
Ejecución de una Orden: Acto por el cual se da cumplimiento a la orden de compra o de venta transmitida por un Miembro del Mercado.
En caso de Opciones, para que una orden sea ejecutada, es necesario que exista otra orden en sentido opuesto que coincida en:
- Clase de Contrato (mismo Activo Subyacente);
- Tipo de opción (CALL o PUT);
- Precio de Ejercicio;
- Fecha de Vencimiento; y
- Prima
En el caso de Contratos de Futuro, deben coincidir:
- Clase de Contrato (mismo Activo Subyacente);
- Fecha de Vencimiento; y
- Precio de Futuro
Ejercicio: Acto por el cual el comprador de una opción hace uso de su derecho a comprar o vender el Activo Subyacente.
Fecha de Ejercicio: Día en que una Opción puede ser ejercida. La Fecha de Ejercicio vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.
Fecha de Liquidación: Día en el que se liquida el Contrato de Futuro o de Opción. La Fecha de Liquidación vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.
Fecha de Vencimiento: Es el último día en que un Contrato de Opción o de Futuro puede ser registrado en el Mercado. La Fecha de Vencimiento vendrá establecida en las Condiciones Generales de cada Contrato.
Futuro: Contrato de Futuro.
Garantías: Depósitos en Garantía.
Identidad Comercial: Código de cada Cliente a efectos de la realización de Transacciones en el Mercado.
Intervalo de Valoración: Son todos los puntos comprendidos entre el precio máximo y mínimo del Activo Subyacente para los que MEFF RV calcula los precios de mercado de las Opciones y Futuros que posteriormente son utilizados para el cálculo de garantías.
Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias: Liquidación diaria en efectivo de las diferencias entre el Precio de Futuro pactado en los Futuros negociados el mismo día del cálculo y el Precio de Liquidación Diaria de ese día, o entre el Precio de Liquidación Diaria del día anterior y el del día del cálculo para los Futuros que ya estuviesen abiertos al inicio del día del cálculo. Tras este proceso, todos los Contratos de Futuro se consideran pactados al Precio de Liquidación Diaria.
Liquidación a Vencimiento: Cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación. Si la liquidación es por entrega, supone la transmisión del Activo Subyacente a cambio del precio que corresponda. Si la liquidación es por diferencias, supone la transmisión de dinero correspondiente a la diferencia entre el Precio de Ejercicio o el de Futuro, en su caso, y el de Liquidación a Vencimiento.
Liquidación de Transacciones: Sistema por el cual los compradores de Opciones pagan a MEFF RV las Primas correspondientes a dichas compras y los vendedores reciben de MEFF RV dichas Primas, y los compradores y vendedores de Futuros liquidan con MEFF RV su correspondiente Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias, mientras mantengan Contratos de Futuro abiertos.
Liquidación por Diferencias: Procedimiento por el cual el cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación se produce únicamente mediante la transmisión en efectivo de la diferencia entre el precio pactado en el Contrato y el Precio de Liquidación a Vencimiento. Los intercambios de efectivo al vencimiento tendrán en cuenta, según el caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
Liquidación por Entrega: Procedimiento por el cual el cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación se produce mediante la entrega del Activo Subyacente por la parte que debe vender a la parte que debe comprar, a cambio del precio pactado en el Contrato. Los intercambios de efectivo al vencimiento tendrán en cuenta, según el caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
MEFF RENTA VARIABLE o MEFF RV: MEFF Sociedad Rectora de Productos Financieros Derivados de Renta Variable, S.A.
Mercado: Mercado de Productos Financieros Derivados de Renta Variable.
Miembro: Participante en el Mercado con acceso directo al mismo.
Miembro Liquidador: Clase de Miembro cuyas funciones propias son negociar, responder del cumplimiento de obligaciones, realizar pagos y cobros de efectivos y realizar compraventas de Activo Subyacente, en los términos y condiciones del presente Reglamento.
Miembro Negociador: Clase de Miembro cuya función es negociar en el Mercado.
Opción: Contrato de Opción.
Opción de Compra: También denominada Opción CALL. El tenedor de esta Opción tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar el Activo Subyacente objeto del Contrato al Precio de Ejercicio. El vendedor de la Opción tiene la obligación de vender dicho Activo Subyacente si el comprador ejercita su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en ese caso no se produciría una compraventa, sino sólo una transmisión de efectivo.
Opción de Venta: También denominada Opción PUT. El tenedor tiene el derecho de vender el Activo Subyacente objeto del Contrato al Precio de Ejercicio. El vendedor tiene la obligación de comprar dicho Activo Subyacente si el comprador ejerce su derecho. Puesto que la liquidación puede realizarse por diferencias, en ese caso no se produciría una compraventa, sino sólo una transmisión de efectivo.
Orden Combinada: Orden de compra o venta de Contratos de más de una Serie y que está condicionada al cumplimiento total de la Orden.
Orden Simple: Orden de compra o venta de Contratos de una misma Serie que no incluye ninguna otra condición que la descripción mínima de una Orden.
Periodo de entrega: Intervalo de tiempo al que se refiere el Contrato.
Plazo de Reacción: es el período de tiempo que se estima sería necesario para que MEFF RV pueda cerrar todos los Contratos registrados en una Cuenta.
Precio de Ejercicio: Precio pactado en el Contrato de Opción al que el comprador de una opción puede comprar (caso de haber adquirido una Opción CALL) o vender (si hubiera adquirido una Opción PUT) el Activo Subyacente. El vendedor de la opción se obliga, respectivamente, a vender o comprar, en caso de que el comprador ejerza el derecho.
Precio de Futuro: Precio pactado en un Contrato de Futuro. El precio pactado es ajustado diariamente de acuerdo al proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
Precio de Liquidación a Vencimiento: Precio de referencia sobre el que se calcula la liquidación por diferencias en la Fecha de Ejercicio si se trata de Opciones o en la Fecha de Vencimiento si son Futuros.
Precio Técnico de Entrega: Precio, de utilidad únicamente técnica, al que se realizan todas las compraventas del Activo Subyacente en los casos de liquidaciones por entrega, ajustándose en efectivo las diferencias entre el precio pactado en el Contrato y el Precio Técnico de Entrega, y teniendo en cuenta, en su caso, el proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
Precio de Liquidación Diaria: Precio de referencia sobre el que se calculan los Depósitos en Garantía y la Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
Prima: Importe que el comprador de una Opción paga al vendedor de la misma.
Primer Día de Cotización: Es el primer día en que un Contrato de Opción o de Futuro puede ser negociado en MEFF RV. Será siempre un Día Hábil.
Punto de Valoración: Es un punto del Intervalo de Valoración.
Registro: Acto por el que MEFF RV anota los datos de una Transacción en las cuentas correspondientes de su sistema para su posterior compensación, liquidación y cálculo de garantías.
Serie: Dentro de cada Clase de Contratos, Serie son aquellas Opciones que tienen el mismo Precio de Ejercicio y la misma Fecha de Vencimiento, y aquellos Futuros que tienen la misma Fecha de Vencimiento.
Supervisor de la Sesión: Persona que desempeña la función de vigilar el ordenado desarrollo de la Sesión, aplicando el Reglamento.
Tenedor de Cuenta: Miembro que administra Cuentas Globales.
Tipos de Opciones: Son Opciones de Compra (CALL) y Opciones de Venta (PUT).
Transacción: Acto por el cual se casan dos Ordenes.
Transmisión de una Orden: Acto mediante el cual un Miembro hace llegar una Orden al Mercado.