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1.
PRODUCTOS
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En este
epígrafe se indican los distintos tipos de productos que gestiona
la Cámara.
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1.1
Instrumentos
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1.1.1
Futuros
Un Futuro es un contrato normalizado a plazo. Hasta
la fecha de liquidación o hasta que se realice una transacción
de cierre, la posición se revalúa al final de cada
sesión, liquidándose diariamente las pérdidas
y ganancias resultantes de la diferencia de precios.
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1.1.2 Opciones
Opciones
Call y Put. En función de cuándo se pueden ejercer,
se distinguen en opciones de tipo americano y de tipo europeo.
Las opciones sobre acciones negociadas en MEFF son de tipo americano y europeo.
Las opciones sobre índices negociadas en MEFF son de tipo
europeo.
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1.1.3 Time
Spreads
El
contrato de Time Spread (Roll-Over) define la relación
en términos de diferencia de precios entre dos contratos
de futuro de distinto vencimiento.
Se establece la convención de que comprar el contrato de
Time Spread implica comprar el vencimiento más cercano
y vender el vencimiento lejano.
En MEFF se negocian contratos de Time Spread sobre futuros
del IBEX-35 y sobre futuros
sobre acciones.
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1.2
Productos por Tipo de Subyacente
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1.2.1
Acciones
En MEFF se negocian contratos de opciones
y futuros
que tienen como subyacente acciones tanto españolas como europeas.
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1.2.2 Índices
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1.2.2.1 Futuros
sobre Índices
Tienen como subyacente al IBEX-35. Es un índice
ponderado por capitalización, compuesto por las 35 compañías
más líquidas que cotizan en el Mercado Continuo de las cuatro
Bolsas Españolas. Está calculado en base 3000 puntos a fecha
29 de diciembre de 1989. Los componentes del índice son seleccionados
según criterios de liquidez (volumen y frecuencia de negociación).
Su composición se revisa trimestralmente. Más
información: Normas
Técnicas
En
MEFF se negocian dos futuros sobre este índice: IBEX-35
de multiplicador 10 Euros, y Mini
IBEX-35 de multiplicador 1 Euro.
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1.2.2.2 Opciones
sobre Índices
Las opciones
sobre el índice IBEX-35 negociadas en MEFF tienen como
subyacente el Futuro Mini IBEX-35. Son opciones europeas, de
multiplicador 1 Euro con vencimientos mensuales.
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1.3
Vencimientos
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Ver especificaciones de cada producto.
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MEFF
distingue dos tipos de participantes dentro de su sistema.
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2.1
Miembros Liquidadores
Clase
de miembro cuyas funciones propias son negociar por cuenta propia
o de clientes, responder del cumplimiento de obligaciones de constitución
y mantenimiento con los ajustes procedentes de Garantías y de Liquidaciones
resultantes de las transacciones realizadas en el Mercado, así como
realizar pagos y cobros de efectivos y realizar compraventas de
Activo Subyacente por cuenta propia como por cuenta de sus clientes,
así como las realizadas por otros miembros con los que así lo haya
acordado y comunicado a MEFF.
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2.2 Miembros Negociadores
Miembro
que negocia en el Mercado, por cuenta propia o por cuenta de clientes.
Un Miembro Negociador necesita tener un Miembro Liquidador que le
ampare.
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3.
ESTRUCTURA DE CUENTAS
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3.1
Cuenta y Subcuenta
Cuenta:
Registro contable en el que se anotan las operaciones realizadas
por su titular, las posiciones abiertas que resultan de las mismas,
la liquidación diaria y las garantías diarias exigibles y constituidas.
El código de cuenta es de 3 dígitos.
Subcuenta: Una cuenta puede tener varias subcuentas. El código
de subcuenta es de 2 dígitos.
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3.2 Cuenta
Diaria
Cuenta
en la que se registran durante una sesión las transacciones realizadas
por un Miembro para su posterior asignación a cuentas de Clientes.
Si no se efectúa dicha asignación a cierre de mercado, todas las
transacciones pendientes se adjudicarán a una cuenta propia, denominada
Cuenta Residual, de forma automática.
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3.3 Cuenta
Ordinaria
MEFF
establece dos tipos de Cuentas Ordinarias:
- Cuenta
Propia, en la que se registran durante una sesión las
transacciones realizadas por un Miembro por cuenta propia.
El
saldo de la posición abierta se computa en neto. Es decir,
se netea el saldo comprador con el vendedor.
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4.
REGISTRO DE OPERACIONES
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En el
momento que los Miembros de Mercado registren una operación
en MEFF, MEFF asumirá los derechos y obligaciones inherentes
a la operación, convirtiéndose en vendedor frente
al comprador y el comprador frente al vendedor.
El registro de operaciones puede provenir de diversos modos.
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4.1
Registro de Operaciones procedentes de plataforma electrónica
MEFF
recibe las operaciones directamente del Sistema de Negociación
de Derivados de MEFF, que se registran de manera automática.
Toda operación registrada en Cámara queda identificada
a través de una referencia, la cual permitirá identificar
toda la vida de una operación, desde que se registra por
primera vez hasta que se liquida, o hasta que cese la función
de contrapartida por parte de la Cámara, permitiendo relacionar
directamente una operación registrada en MEFF con el origen
de ésta.
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4.2 Registro
de operaciones bilaterales
Serán
todas aquellas operaciones bilaterales, acordadas directamente entre
Miembros.
Los Miembros que deseen registrar éstas, deberán solicitarlo
expresamente a la Cámara. Una vez recibida la solicitud a
registro de una operación bilateral, MEFF, tras previa comprobación
de volumen y precio, procederá a su efectivo registro en
el sistema.
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5.
GESTIÓN DE OPERACIONES
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A continuación
se detallan los diferentes tipos de acciones sobre operaciones que
pueden realizar o bien los Miembros de Mercado, o bien el Administrador,
es decir MEFF.
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5.1
A realizar por el Miembro
Para
los miembros de MEFF, el sistema permite realizar una serie de acciones
sobre las operaciones que recibe, ya sean de sesiones anteriores
o de la sesión en curso:
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5.1.1
Asignación de la Cuenta Diaria
Consiste
en el traspaso de todas aquellas operaciones negociadas / registradas
desde la Cuenta Diaria de un Miembro de Mercado a cuentas propias,
en su caso, o de Clientes.
Una vez cerrada la prórroga de asignación de cuenta
diaria, ésta debe quedar vacía. En caso de no ser
así MEFF automáticamente asignará aquellas
operaciones pendientes a su correspondiente cuenta residual.
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5.1.2 Traspasos
de Operaciones
Un
traspaso de una operación consiste en la reasignación
de una operación a otra cuenta o cuentas diferentes de
la original, solicitado en el día de la operación
o días hábiles siguientes. Este traspaso no supone
modificación en el precio de la operación y el volumen
máximo a regularizar es el de la operación original,
por tanto se permite la posibilidad de realizar traspasos parciales,
es decir, por parte del volumen de la operación inicial,
hasta cubrir el volumen total de la misma.
El miembro puede realizar operaciones de traspaso durante toda
la sesión, hasta el final de la prórroga de asignación
de Cuenta Diaria.
A efectos de registro, la regularización es una nueva operación
que consigue una correcta asignación de la operación
original pero no anula la existencia de la operación original.
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5.1.3 Give-ups
Un
Give-up es una operación en la que un Cliente ordena la
ejecución de una operación a un Miembro (denominado
Miembro Ejecutor o Executing Broker), pero con la particularidad
que le solicita que asimismo traslade la operación a otro
Miembro (denominado Miembro Destino o Clearing Broker) para que
éste, cumpla las obligaciones de compensación y
liquidación. A la operación de traslado se le denomina
Give-up.
Actualmente esta facilidad se consigue mediante el uso de cuentas
transitorias y globales.
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5.1.4 Operaciones
de Neteo y Desglose
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5.1.4.1 Futuros sobre Índices
El
sistema de MEFF permite a los Clientes, titulares de una cuenta
(tres primeros dígitos del código de cinco), abrir
subcuentas (dos últimos dígitos del código
de cinco) de la misma. Esto permite gestionar la posición
desagregada al nivel deseado por el cliente (y establecido en
la subcuenta), mientras se mantiene la posición conjunta
del Cliente en la cuenta.
El Miembro que lo desee podrá solicitar a la Cámara
la compensación de las distintas subcuentas de un mismo
Cliente cuando tengan posiciones abiertas contrarias en un mismo
vencimiento de futuros o serie de opciones, quedando canceladas
todas las posiciones así compensadas en los términos
del reglamento, y evitando pagar comisiones por la posición
bruta.
Las operaciones de Neteo no pueden generar posición,
pudiendo ajustar como máximo la posición abierta
en el momento de la petición del traspaso.
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5.1.4.2 Operaciones
de Desglose
Con
el fin de minimizar el número de operaciones de contado
derivadas del vencimiento de Futuros sobre Acciones y del ejercicio
de Opciones sobre Acciones, el proceso de asignación
de contrapartidas que se aplica por defecto empieza compensando
las posiciones compradoras y vendedoras resultantes en acciones
dentro de una misma cuenta. Para evitar esto, el Miembro puede
solicitar a la Cámara la apertura de una cuenta espejo
donde, en la fecha de vencimiento o en el día anterior,
la posición que vaya a generar compras (o ventas) pueda
ser traspasada.
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5.2 A
realizar por el Supervisor
Hay
una serie de acciones especiales que Mercado o Cámara pueden
hacer sobre las operaciones realizadas.
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5.2.1
Traspasos de posición
Un
traspaso de posición consiste en la reasignación
de la posición abierta de una cuenta a otra cuenta. Dicha
operativa se utiliza cuando se desea traspasar toda la posición
(de uno, varios o todos los contratos) de una subcuenta a otra
diferente, o de una cuenta a otra, o de un miembro a otro.
MEFF distingue dos tipos de traspasos de posición en función
de la titularidad de las cuentas implicadas:
-
Las cuentas tanto origen como destino corresponden al mismo
titular ya sean dentro de un mismo Miembro o distintos Miembros.
Si el traspaso ocurre entre cuentas de distintos Miembros,
se deberá traspasar el total de la posición,
dándose de baja automáticamente la cuenta de
origen.
- Las
cuentas implicadas correspondan a diferentes titulares ya
sean dentro de un mismo Miembro o distintos Miembros. En este
caso no están autorizados, salvo que:
- Se
deban a supuestos de herencia, donación o subrogación,
debidamente acreditados.
- Sean
justificados aportando la documentación que MEFF
solicite, que incluirá la conformidad por escrito
de los dos titulares.
Como
procedimiento habitual, los traspasos de posición se realizan
antes de la apertura de la negociación del Mercado. Sin
embargo, por ejemplo, si el traspaso es consecuencia de un incumplimiento,
se podrá realizar una vez se haya iniciado la negociación.
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5.2.2 Retrocesión
de Operaciones
En
el caso que MEFF detecte, ya sea por la reclamación de
un Miembro de Mercado o bien mediante su sistema de control interno,
algún tipo de operación errónea (descritas
en el Reglamento de Mercado), MEFF tendrá la potestad para
retroceder éstas, mediante operaciones Tipo X.
De esta manera una operación Tipo X, neteará aquella
posición generada erróneamente, a la vez que restará
las comisiones generadas por aquella operación errónea.
Las operaciones que MEFF podrá retroceder serán
operaciones tipo M (Operaciones de Mercado), H (Aplicaciones de
Mercado durante sesión), A (Aplicaciones de Mercado antes
de la apertura a negociación), y S (Operaciones de Roll-Over).
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5.2.3 Corporate
Actions
En
los productos derivados, cuando durante la vida de los contratos
sobre acciones (Futuros y opciones), se produzcan en la Sociedad
Emisora del Activo Subyacente determinadas Operaciones de Capital,
MEFF deberá ajustar los contratos de Futuros y/o opciones
con el fin de mantener el valor económico de los contratos
lo mas próximo posible al que fuera antes de la fecha de
efecto de tales operaciones. Los ajustes se realizarán
de forma paralela a los que experimenten las acciones y su precio
como consecuencia de las operaciones de capital.
Entre las operaciones más comunes que pueden dar lugar
a ajustes se encuentran las siguientes:
- Ampliaciones
de Capital
-
Reducciones de Capital o de reservas mediante pago en efectivo
a los accionistas
-
Desdoblamiento de las acciones representativas del Capital
a razón de una acción por cada varias existentes
- Dividendos
extraordinarios
-
Otras no mencionadas explícitamente que MEFF someta
a la Comisión de Supervisión y Vigilancia
El
ajuste será efectivo desde el día en que tenga efecto
la operación que dé lugar al ajuste ("Fecha
de Ajuste"), por lo que se realizará tras el cierre
y Liquidación Diaria del día previo a la "Fecha
de Ajuste".
El ajuste se aplicará a todas las posiciones de la Clase
de Contratos que corresponda en cada caso, cerrando todas éstas
y registrando de nuevo las posiciones originales con el ajuste
incorporado. Por ejemplo, si la Corporate Action es un 2*1, es
decir la compañía emisora duplica el número
de acciones, MEFF en el día del ajuste divide los precios
de ejercicio de las opciones por dos y multiplica el volumen de
Posición Abierta por dos.
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6.
VENCIMIENTO
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6.1
Gestión de Ejercicios
Mayoritariamente,
el ejercicio de las opciones es a vencimiento.
Se conoce como ejercicio a vencimiento aquel acto mediante el cual
el comprador de una opción hace uso de su derecho a comprar
(Call) o a vender (Put) en la fecha de vencimiento. Este ejercicio
será automático para aquellas opciones que estén
"In the Money" respecto del Precio de Referencia (Véase
7.1, Operaciones de Contado de Acciones). Sin embargo, MEFF en la
fecha de vencimiento habilita una prórroga de 75 minutos
tras el cierre de negociación (hasta las 18:50) con el fin
de permitir Instrucciones de Ejercicio Excepcional y No Ejercicio
para los contratos que vencen.
Se entenderá por Instrucciones de Ejercicio Excepcional a
vencimiento, aquellas en que el comprador de una opción desee
ejercerla cuando esté "Out the Money" o bien "At
the Money". Se entenderá por Instrucciones de No Ejercicio,
aquellas en que el comprador de una opción no desee que sea
ejercida una opción que esté "In the money".
En el caso de Opciones sobre Acciones, una vez haya terminado el
horario de comunicación a MEFF de las instrucciones de ejercicio/no
ejercicio, MEFF asignará de forma proporcional entre las
posiciones abiertas vendedoras la obligación de cumplir los
Contratos, es decir casará aquellas posiciones compradoras
que resulten ejercidas con aquellas vendedoras en el caso que exista
coincidencia plena.
Si para alguna serie de opciones no resultan ejercidas todas las
posiciones vendedoras, se procederá a asignar proporcionalmente
entre las posiciones vendedoras de la misma serie de opciones, ajustando
a números enteros de contratos.
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6.2 Liquidación
por Diferencias
Procedimiento
por el cual el cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación
se produce únicamente mediante la transmisión en efectivo
de la diferencia entre el precio pactado en el Contrato y el Precio
de Liquidación a Vencimiento. Los intercambios de efectivo
al vencimiento tendrán en cuenta, según el caso, el
proceso de Liquidación Diaria de Pérdidas y Ganancias.
Por tanto no supone entrega física y el cálculo es
exactamente igual al de una liquidación Diaria más,
es decir:
Precio de Liquidación diaria de D-1 - Precio de Liquidación
a Vencimiento
o bien,
Precio de la operación - Precio de Liquidación
a Vencimiento
Se cierra la posición en el sistema a vencimiento con una
operación Tipo E (para las opciones) o una operación
V (para los Futuros sobre Acciones e Índices)
Dicha liquidación a vencimiento aplica a los contratos de
Futuros y Opciones sobre Índices.
Cabe la posibilidad de realizar una liquidación por diferencias
en Futuros sobre Acciones. Para ello, el titular de la cuenta debe
haber comunicado con antelación al vencimiento del contrato
su preferencia por liquidar por este método. En este caso,
el número de contratos que se liquidarán por diferencias
a vencimiento, vendrá determinado por la menor de las cifras
de posiciones compradoras y vendedoras cuyos titulares hayan elegido
la alternativa de liquidación por diferencias. En consecuencia,
no se garantiza la liquidación por diferencias al titular
que haya escogido esta alternativa. Para la determinación
de las contrapartidas de los contratos a liquidar por diferencias,
se utilizará un método aleatorio de adjudicación.
Para aquellas cuentas cuya preferencia sea liquidar por diferencias,
se ordenarán las posiciones abiertas por cuenta. Si la cifra
de contratos de cada lado (comprador y vendedor) coincidiera, no
haría falta sorteo. Si las cifras no coincidieran, se sortearía
en el lado con más contratos el punto de inicio de la adjudicación
y se continuaría de forma correlativa hasta contemplar la
cifra disponible. El remanente de contratos de compra o de venta
según corresponda, que no se liquide por diferencias se liquidará
por entrega.
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6.3 Liquidación
por Entregas
Procedimiento
por el cual el cumplimiento del Contrato en la Fecha de Liquidación
se produce mediante la Entrega del Activo Subyacente por la parte
que debe vender a la parte que debe comprar, a cambio del precio
pactado en el Contrato.
Los intercambios de efectivo al vencimiento tendrán en cuenta,
según el caso, el proceso de Liquidación Diaria de
Pérdidas y Ganancias.
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7.
GESTIÓN DE ENTREGAS
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7.1
Operaciones de Contado de Acciones (algoritmo de asignación)
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EN PREPARACION
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7.2 Garantías
Post-Ejercicio
En
el caso de las Opciones sobre Acciones, cuya liquidación al vencimiento
o tras producirse un ejercicio anticipado es por entrega del subyacente,
se añade un ajuste a la Garantías Diarias que tienen por objeto
proteger a la Cámara frente a posibles incumplimientos relacionados
con el ejercicio, tanto anticipado como a vencimiento.
Así, dicho ajuste pretende cubrir dos riesgos:
- En
el caso de ejercicio anticipado, el riesgo de fluctuación de precio
que tiene la Cámara si el Miembro no realiza la operación de contado
el día hábil siguiente al ejercicio.
Como se ha comentado, en el caso de un ejercicio anticipado la
operación de contado se realiza en D+1, a la fecha de ejercicio,
y dicha operación se realiza en el sistema de interconexión bursátil
al precio de ejercicio.
- En
el caso de ejercicio a vencimiento, el riesgo de liquidación de
las Opciones sobre Acciones, es decir, la posibilidad de que los
Miembros no hagan frente a la liquidación de la diferencia entre
el Precio de Referencia (precio de la entrega) y el precio de
ejercicio. Nótese que en este caso queda eliminado el riesgo de
fluctuación de precio ya que las operaciones de contado derivadas
del vencimiento de Opciones sobre Acciones se efectúan el mismo
día, a diferencia del ejercicio anticipado cuya operación de contado
se realiza en D+1.
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7.3 Entrega
de Bonos
Forma
de Liquidación al Vencimiento:
Los
futuros sobre Bono Nocional a 10 años se liquidan por entrega
del activo subyacente en la fecha de vencimiento del mismo. Deberán
ir a la entrega los miembros que al término del periodo de
negociación mantengan posiciones abiertas.
A principios del mes de vencimiento, MEFF publica un comunicado
informativo sobre el calendario de la entrega a partir del último
día de negociación (2 días hábiles antes
del la fecha de vencimiento) del contrato que venza. Asimismo MEFF
informa en una circular acerca de los factores de conversión
de los distintos entregables que figuren para los próximos
cuatro vencimientos consecutivos. Serán entregables en cada
vencimiento aquellas Obligaciones del Estado que figuren en la relación
de valores entregables correspondiente a cada uno de los vencimientos.
La relación de estos valores entregables para el primer vencimiento
no será modificable, excepto en el caso de que no hubieran
posiciones abiertas en dicho vencimiento.
La cantidad a abonar por los miembros que deban recibir la deuda
se calculará como:
(Precio de liquidación del bono nocional al cierre de
la última sesión x factor de conversión del
bono a entregar) + cupón corrido del bono a entregar en la
fecha de la entrega.
En el caso que algún miembro tenga posición abierta
en el contrato que vence y no quiera acudir a dicha entrega, éste
deberá cerrar posiciones antes del fin de la sesión
del último día de negociación (D-2 en el gráfico
que sigue) o realizar una operación de roll-over con el contrato
del próximo vencimiento.
(1)El
Miembro liquidador de la parte vendedora envía a MEFF la notificación
de entrega como máximo una hora después del cierre de la sesión
de negociación, comunicando los valores a entregar. MEFF valida
los valores, los importes, y los datos (persona de contacto, número
de teléfono y fax, y firma de las personas con poderes). El Miembro
Liquidador envía tanto un detalle por cuenta como un resumen de
la notificación de entrega.
(2)Antes de las 10:00 h. MEFF hace un neteo de la posición por cuenta,
y efectúa las asignaciones según el método FIFO (posición de venta
más antigua con la posición de compra más antigua). Seguidamente,
MEFF realiza un neteo por referencia a entregar o recibir por cada
una de las entidades que intervienen en la entrega (los propios
miembros liquidadores o las entidades domiciliatarias que hayan
designado para realizar la entrega). Las entregas/recepciones son
compra/venta con la entidad domiciliataria de MEFF. El resultado
será notificado por MEFF a los Miembros Liquidadores a nivel de
cuenta, con el número de contratos a recibir o entregar, junto con
su referencia e importe efectivo, y además notificará las transacciones
de bonos a los Miembros Liquidadores, a sus entidades domiciliatarias,
a la entidad domiciliataria de MEFF y al Banco de España. En este
día se iniciará la negociación del contrato que vence el mismo mes
del año siguiente.
(3)Fecha valor de la entrega, en la cual los miembros liquidadores
deben realizar la entrega a sus clientes. Una vez MEFF ha comprobado
con la entidad domiciliataria que todo el proceso de entregas se
ha efectuado correctamente, al finalizar la sesión se procederá
al cierre de los contratos vencidos.
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9.
LIQUIDACIÓN DIARIA (VARIATION MARGIN)
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9.1
Pérdidas y Ganancias
Liquidación
diaria en efectivo de las diferencias entre el Precio del Futuro
pactado en los Futuros negociados el mismo día del cálculo y el
Precio de Liquidación Diaria de ese día, o entre el precio de Liquidación
Diaria del día anterior y el del día del cálculo para los futuros
que ya estuviesen abiertos al inicio del día del cálculo. Tras este
proceso, todos los Contratos de Futuros, se consideran pactados
al Precio de Liquidación Diaria. La liquidación diaria se calcula
al finalizar cada sesión y se liquida con fecha valor día hábil
siguiente.
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9.2 Primas
Sistema
por el cual los compradores de opciones pagan a MEFF las primas
correspondientes por dichas compras y los vendedores reciben de
MEFF dichas primas.
MEFF procederá a liquidar las primas con fecha valor el Primer día
Hábil posterior a la fecha de la transacción.
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10.
GARANTÍA DIARIA (INITIAL MARGIN)1
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MEFF
utiliza un método propio denominado MEFFCOM2, que es semejante al
SPAN, para calcular las Garantías Diarias a nivel Cuenta.
Para ello, MEFF estima el coste de cerrar la posición abierta de
la cuenta a cierre de sesión. A continuación se hace una breve descripción
de los pasos a seguir:
-
Partiendo del precio de cierre del subyacente para cada contrato
con posición abierta, el algoritmo estima para cada contrato
11 posibles escenarios de precios, utilizando el precio de mercado
y cinco al alza y cinco a la baja, éstos bajo 2 posibles volatilidades:
aumentada y reducida. Los posibles escenarios de precios se
pueden calcular con un porcentaje de variación o una variación
en valor absoluto. De la misma manera la volatilidad aumentada
y reducida se puede calcular utilizando un valor absoluto (20%+10%=30%)
o un valor relativo (20%*1,10=22%). Se suman los resultados
para todos los contratos sobre un mismo subyacente (Grupo),
obteniéndose 22 garantías, una por cada escenario, denominadas
Garantías por Posición Neta.
Actualmente, la valoración de todas las opciones se realiza
usando Black.
- En
cada uno de los 22 escenarios, se suma la garantía correspondiente
a los time spreads computados en ese escenario. Seguidamente,
se selecciona el escenario con mayor garantía exigida (el peor
escenario). Este importe se denomina Garantía Grupo.
- Se
suman las Garantías Finales de los distintos Grupos, obteniéndose
la Garantía Diaria a nivel cuenta.
La
fluctuación del precio (intervalo de precio) y la fluctuación de
la volatilidad utilizadas para calcular los distintos escenarios,
así como los parámetros para compensar distintos subyacentes (crédito,
spread ratio y orden de prioridad) se revisan para todos los subyacentes
al menos con carácter mensual.
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1 En su momento, se eligió el término Garantía
Diaria para designar el concepto que internacionalmente se conoce
como "Initial margin". No hay que confundirlo con Garantía
Inicial (en inglés "General Guarantee"), que es
otro tipo de garantía que se define en el capítulo
12.
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11.
LIQUIDACIÓN MULTILATERAL
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Por
liquidación multilateral se entiende una liquidación en la que todos
los cargos están relacionados con todos los abonos. El sistema de
MEFF calcula en primer lugar todos los cargos y todos los abonos
teniendo en cuenta las Garantías a constituir en efectivo, la liquidación
de pérdidas y ganancias, la liquidación de comisiones en su caso
y la liquidación de las primas, calculando por tanto la liquidación
multilateral. Posteriormente se introduce en una funcionalidad que
proporciona Banco de España en la que su sistema, a una hora determinada,
realiza todos los cargos y cuando esto se ha completado, el sistema
realiza todos los abonos. Cuando falta algún cargo por ser efectuado,
el sistema se para esperando dicho cargo.
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11.1
Liquidación Multicámara Opcional
MEFF
diariamente y al cierre de sesión genera, a través de su sistema
de compensación y liquidación, las liquidaciones fruto de la operativa
realizada por los Miembros de Mercado en las diferentes plataformas
de negociación de MEFF.
El sistema de compensación y liquidación de MEFF es un sistema que
agrega en un sólo movimiento por Miembro de Mercado el importe de
las liquidaciones generadas en una sesión por éstos en las diferentes
plataformas de negociación.
Los movimientos de efectivo se realizarán a través de las cuentas
tesoreras que mantienen los Miembros de Mercado en Banco de España
en el día hábil siguiente a la fecha de compensación, antes de las
9:15. En caso que existiera algún tipo de incumplimiento por parte
de algún Miembro Liquidador, MEFF actuará según procedimiento publicado
a través de circular.
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11.2 Liquidación
Ajustes no Periódicos
El
sistema tiene una funcionalidad de hacer ajustes no periódicos en
la liquidación multilateral, por ejemplo para pagar los intereses
o para cobrar las comisiones.
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11.3 Entidad
Domiciliataria
Aquellos
miembros que mantienen cuenta abierta de tesorería en Banco de España
utilizarán normalmente dicha cuenta, con la finalidad de hacer frente
a las liquidaciones resultantes de las transacciones realizadas
en Mercado.
Aquellos miembros Liquidadores que no tengan Cuenta de Tesorería
en Banco de España, deberán nombrar un domiciliatario, sin que esta
domiciliación suponga ningún tipo de traspaso de responsabilidad.
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12.
ACTIVOS ACEPTADOS COMO GARANTÍA
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[Circular
09/08 de Renta Variable]
[Circular
08/03 de Renta Fija]
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MEFF
contempla tres tipos diferentes de Garantías a depositar en función
del destino. Para ello MEFF distingue entre:
- Garantía
Inicial (General Guarantee): Aquella garantía inicial
a depositar por ser Miembro Liquidador de MEFF.
- Garantía
Diaria (Initial Margin): Garantía variable relativa a
las posiciones tomadas en el Mercado, exigible a todos los
Miembros y Clientes del mercado con Contratos abiertos registrados
en sus cuentas (el cálculo se ha explicado en el apartado
10).
- Garantía
Extraordinaria: Garantía que complementa la Garantía Inicial
y/o la Garantía Diaria exigible a los Miembros y Clientes
por circunstancias excepcionales de Mercado o por tratarse
de posiciones que MEFF estime de alto riesgo.
A
continuación se detallan las diferentes formas de materialización
de garantías exigidas por MEFF ya sean ésta Diarias, Generales
y/o Extraordinarias.
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12.1
Prendas de Valores
[Circular
07/99 de Renta Variable] [Circular
06/00 de Renta Variable]
[Circular
21/99 de Renta Fija] [Circular
08/00 de Renta Fija]
MEFF
aceptará en prenda los siguientes valores:
Valores de Renta Fija con las siguientes condiciones:
- Obligaciones
del Estado, Bonos del Estado o Letras del Tesoro registradas
en la Central de Anotaciones del Mercado de Deuda Pública.
-
La emisión debe alcanzar un mínimo en circulación
en el momento de formalización de la garantía
de cien millones de euros nominales
-
La vida residual de los valores aportados debe ser superior
a tres meses en la fecha de formalización de la prenda.
Valores
de Renta Variable con las siguientes condiciones:
-
Deberán ser acciones incluidas en el índice IBEX-35.
-
Si un valor fuese excluido del índice IBEX-35 o su cotización
suspendida, MEFF podrá declarar dicho valor como no apto.
MEFF
tiene una relación informática con IBERCLEAR, el Depositario
Central (CSD), mediante la cual los Miembros realizan la creación
de la prenda por cuenta de sus clientes, IBERCLEAR bloquea la prenda
y se lo comunica a MEFF. Por otro lado cuando un Miembro solicita
el desbloqueo de la prenda, manda dicha solicitud a IBERCLEAR que
se lo comunica a MEFF para que ésta de su aprobación.
Todo esto se hace mediante ficheros informáticos.
IBERCLEAR envía diariamente un fichero con todas las prendas
bloqueadas a nombre de MEFF para que ésta realice, con carácter
diario, una reconciliación de los datos enviados por IBERCLEAR
con los datos que tiene MEFF en su base de datos.
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12.2 Transferencias
de Valores
Mediante
transferencia simple de valores realizada entre un Miembro de Mercado
y a la cuenta de MEFF en el Depositario Central (IBERCLEAR o CSD),
dichas transferencias únicamente darán lugar a movimientos
entre cuentas de valores de los Miembros de Mercado y MEFF sin que
exista contrapartida alguna de efectivo.
En el caso de transferencias de valores, se actuará de acuerdo
con los procedimientos generales vigentes de comunicación
de órdenes de IBERCLEAR y del Servicio de Liquidación
del Banco de España.
Tanto para las prendas de valores como para las transferencias de
valores, MEFF dispone de una aplicación que le ayuda en la
gestión de las garantías depositadas con estas modalidades,
realizando la creación y modificación de la garantía,
la asignación de ésta a una cuenta determinada y su
valoración teniendo en cuenta el precio de los valores y
los haircuts a aplicar. Este programa se interrelaciona con los
interfaces de IBERCLEAR y con el sistema central de MEFF.
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12.3 Efectivo
El
Miembro de Mercado podrá realizar una Orden de Movimiento
de Fondos a la Cuenta de Tesorería de MEFF, o bien, MEFF
podrá cargar a través de las liquidaciones diarias
el importe que corresponda según se le haya indicado previamente.
Posteriormente MEFF realizará una inversión por este
importe.
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12.4 Otros
Para
ampliación de Límites se permite aportar avales bancarios que necesariamente
deben ser autorizados por el Consejo de Administración de MEFF.
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13.
GESTIÓN ACTIVA DEL RIESGO
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[Circular
17/05 de Renta Variable]
[Circular 13/02
de Renta Fija]
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MEFF
dispone de una serie de mecanismos de control de riesgo cuya finalidad
son evaluar a la vez que cubrir/minimizar el riesgo que asume como
Cámara de Contrapartida.
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13.1
Límite Operativo Diario (LOD)
Representa
el máximo riesgo operativo diario que puede generar un Miembro
Liquidador del Mercado por operaciones realizadas tanto por cuenta
propia como de sus clientes o por las realizadas por sus Miembros
Negociadores, desde el momento en que se realizan las operaciones
hasta el momento en que se deposita la Garantía Diaria. El
LOD se define como:
LOD = 2% * Recursos Propios + Garantía Inicial
El LOD asignado al miembro no deberá ser inferior al 15%
del promedio de las Garantías Diarias del Miembro registradas
en el mes anterior. En el caso que sea inferior, el miembro en cuestión
deberá ampliar su LOD asignado mediante cualquiera de las
formas posibles de materialización (ver apartado 12.1)
El nivel de Riesgo por Operativa Diaria de un Miembro se determina
mediante la suma del riesgo calculado para cada Cliente/Titular,
sin compensar entre distintos clientes, y el riesgo de la Cuenta
Diaria.
El nivel de Riesgo por Operativa Diaria para cada Cliente/Titular
vendrá dado por el siguiente algoritmo:
Riesgo Operativa Diaria Cliente/Titular = Garantías en
tiempo real - Garantías Diarias sesión anterior +
Perdidas netas realizadas en Futuros + Primas netas debidas
En
caso que la cantidad sea positiva, ésta se imputará
como Límite consumido. En caso contrario se entenderá
que dicho Cliente/Titular no aporta riesgo y por ello su operativa
no supondrá consumo de Límite para el Miembro.
Desde la misma óptica, la valoración del nivel de
Riesgo en Cuenta Diaria vendría dado por:
Riesgo Operativa Diaria Cta. Diaria = Garantías en tiempo
real por contratosde delta positiva + Garantías en tiempo
real por contratos de delta negativa + Primas netas debidas
A estos
efectos:
-
Contratos de delta positiva significa contratos de futuros comprados,
opciones de compra compradas y opciones de venta vendidas.
-
Contratos de delta negativa significa contratos de futuros vendidos,
opciones de compra vendidas y opciones de venta compradas.
El Límite
Operativo Diario se monitoriza en tiempo real con una aplicación
que calcula los riesgos cada cinco minutos. |
13.2 Intra
Day Margin Call
[Circular
16/05 de Renta Variable] [Circular
21/98 de Renta Fija]
Si
en pre-apertura o durante la sesión la variación de uno o varios
subyacentes se aproxima o supera los parámetros de "Fluctuación
de Garantías Extraordinarias" (en general son el 75%-80% de los
parámetros de cálculo de Initial Margin), se activará un procedimiento
denominado Margin Call, con el objeto de permitir a MEFF recuperar
un nivel suficiente de depósitos en garantía en situaciones excepcionales
de alta volatilidad.
Se aplicará la siguiente fórmula a todas las cuentas de un Miembro
Garantía Extraordinaria = Garantías en tiempo real -Garantías
Diarias sesión anterior + + Pérdidas netas Realizadas en Futuros
+ Pérdidas netas No Realizadas en Futuros + Primas netas debidas
El resultado global de un Miembro será la suma de los valores positivos
obtenidos según dichas fórmulas, para cada uno de sus cuentas y
la cuenta diaria. Aquellos Miembros cuyo resultado global supere
el 0,5% de sus recursos propios en 30.000 euros, deberán depositar
en MEFF una Garantía Extraordinaria por el total calculado del modo
descrito.
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13.3 Límite
de la Posición Abierta (LPA)
MEFF
puede exigir Garantías Extraordinarias durante una Sesión en el
caso que la fluctuación de precios de un contrato de Futuros o del
Activo Subyacente, en el caso de las opciones, supere los parámetros
de Fluctuación de Garantía Extraordinaria establecidos por circular.
Esta petición requiere el ingreso inmediato de su importe en una
cuenta de MEFF por parte del Miembro Liquidador. En consecuencia,
es necesario limitar las posiciones de las que puede responder un
miembro Liquidador en función del importe de Garantías Extraordinarias
que le serían exigidas por MEFF, caso de superarse los parámetros
de Fluctuación referidos.
El importe de Garantías Extraordinarias Teóricas calculadas por
MEFF, y tomando las posiciones al fin de cada sesión, no pueden
ser superior al 20% de los Recursos Propios del Miembro Liquidador.
Por consiguiente el Límite a la Posición Abierta se fija en el 20%
de los Recursos Propios del Miembro Liquidador.
LPA = 20% * Recursos Propios+ Garantías extraordinarias para
ampliación del Límite
MEFF calcula diariamente antes de la apertura de la sesión de mercado
el nivel de Riesgo por Posición Abierta del siguiente modo:
Se calculan dos precios teóricos por cada Subyacente, resultado
de sumar (escenario alcista) y restar (escenario bajista) al precio
de Liquidación Diaria o al Precio de cierre del Activo Subyacente
los parámetros de Fluctuación de Garantía Extraordinaria en vigor.
Utilizando los precios Teóricos obtenidos, se realizan dos simulaciones
de cálculos de Riesgo por Posición Abierta (uno por cada escenario),
para cada cuenta del Miembro Liquidador y de los miembros Negociadores,
es su caso, como sigue:
Riesgo por Posición Abierta = Garantías simuladas - Garantías constituidas
+ Pérdidas netas en Futuros.
donde:
Garantías simuladas: Se simulan para cada cuenta las garantías
a constituir tomando como referencia los Precios Teóricos anteriores,
y de acuerdo con los procedimientos establecidos en cada momento
para el cálculo de Garantías Diarias.
Garantías constituidas: Son las Garantías Diarias constituidas
en la apertura de la sesión en la que se están haciendo los cálculos
y que corresponden a las posiciones al cierre de la Sesión anterior.
Pérdidas netas en futuros: Son el resultado de comparar las
posiciones abiertas valoradas al Precio Teórico menos el Precio
de Liquidación Diaria de la sesión anterior. Para cada cálculo se
suman los resultados que conllevan una perdida y se restan los que
conllevan un beneficio.
En cada simulación se suman los valores positivos obtenidos según
las fórmulas anteriores para cada cuenta del Miembro Liquidador
y de las cuentas de sus Miembros Negociadores, en su caso. Se selecciona
el resultado mayor de las dos simulaciones del Riesgo por Posición
Abierta.
En el caso de que este resultado de Riesgo por Posición Abierta
supere el Límite de Posición Abierta del Miembro, éste deberá, tras
previa comunicación de MEFF, ampliar su Límite a la Posición Abierta.
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13.4 Filtros
de Cámara
[Circular
17/04 de Renta Variable] [Circular
04/01 de Renta Fija]
MEFF
fija un número máximo de contratos a introducir en una sola orden
de mercado, para cada tipo de contrato y para cualquier Miembro
Liquidador, parametrizados éstos a través del propio sistema electrónico
de negociación de MEFF. Por ejemplo, en contratos de futuros sobre
IBEX-35, el número máximo de contratos por orden es de 250.
Para todos aquellos Miembros con un Límite Operativo Diario inferior
a 7 millones de euros (2) , el número máximo de contratos
a introducir en una sola orden es el resultado de multiplicar la
cifra anterior por el cociente entre el 25% del LOD asignado del
Miembro y 1.750.000 euros. Así, un miembro con 5 millones de euros
de recursos propios, lo que supone un Límite Operativo Diario de
100.000 euros, tendría un límite de
250 contratos * (100.000 euros / 1.750.000) = 14 contratos.
En el caso de Miembros Negociadores, el número máximo de contratos
a introducir en una sola orden será el mismo que tenga asignado
su Miembro Liquidador.
Estos filtros se calculan para cada tipo de contrato en función
de la volatilidad y la liquidez.
Los filtros de cámara se revisan anualmente y cada vez que el LOD
Asignado de un Miembro aumente considerablemente, tras petición
de éste. Una vez asignados los filtros por Miembro, éste no podrá
reducir su LOD asignado salvo que reduzca también sus filtros.
Los miembros pueden solicitar a MEFF que se reduzcan sus filtros
máximos.
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(2) Un LOD de 7 millones requiere unos recursos propios de
350 millones de euros. Para Miembros con un importe asignado mayor
a 7 millones de Euros se le asignará automáticamente
el máximo número de contratos
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13.5 Obligación
Latente de Entrega
MEFF
exigirá Garantías Adicionales en el caso de que una
determinada cuenta, o un grupo de cuentas de un mismo titular posea
una posición en un determinado número de contratos
de futuros y/o Opciones sobre acciones que suponga una obligación
de entrega en una cuantía de acciones superior al 50% del
volumen medio diario (negociación en número de acciones)
del valor subyacente correspondiente.
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13.6 Stress
Test
Periódicamente,
MEFF realiza un simulación para comprobar que en una situación
de Stress del Mercado la Cámara dispondría, a nivel
de Miembro Liquidador, de garantías suficientes en caso de
tener que cerrar las posiciones del posible Miembro Incumplidor
con mayor riesgo.
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14.
FLUJOS DE INFORMACIÓN
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MEFF,
como cámara de Derivados, proporciona a sus Miembros y a
otras entidades un flujo de información muy extenso a través
de diferentes mecanismos ya sea on-line, a través de Internet,
su página web, o vía ficheros de traspaso a final
de sesión.
MEFF proporciona a los diferentes Miembros de Mercado en tiempo
real todo tipo de información relacionada con las liquidaciones
generadas por la operativa de estos, al igual que el importe de
garantías diarias a depositar.
Durante sesión y partiendo de unos precios teóricos
en función de la situación en que se encuentre el
Mercado, el sistema estima en tiempo real las liquidaciones así
como garantías a depositar para cada Miembro de Mercado.
Al final de sesión MEFF envía una serie de ficheros
a través del terminal. En la versión de sistema actualmente
en explotación se envían una serie de informes, a
través de email, que contienen información del total
de cargos y abonos a liquidar al día siguiente; en la nueva
versión estos informes estarán integrados en el sistema
central.
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RESUMEN EJECUTIVO
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MEFF registra Contratos de Futuros y de Opciones sobre Índices de Renta Variable, de acciones, y de Contratos nocionales de tipos de interés.
La Cámara de Compensación recibe las operaciones directamente del Sistema de Negociación de Derivados de MEFF.
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1. Estructura
de Miembros y Participantes
- Clientes:
Son titulares de cuentas abiertas en la Cámara a través de un
Miembro. Sus cuentas y las garantías derivadas de sus posiciones
de riesgo están segregadas en la Cámara y, en consecuencia,
los Clientes tienen como contrapartida directa a la Cámara.
De esta forma, los Clientes tienen protección de la Cámara en
caso de insolvencia de un Miembro.
- Miembros
Negociadores: Responden frente a la Cámara por sus posiciones
propias y solidariamente de las posiciones de sus Clientes.
-
Miembros Liquidadores: Responden frente a la Cámara por sus
posiciones propias y solidariamente de las posiciones de sus
Clientes y de las posiciones propias y de Clientes de los Miembros
Negociadores para los que actúan como Liquidadores.
MEFF
es contrapartida de los titulares de las cuentas abiertas en la
Cámara. En el caso de que un titular agrupe posiciones de sus clientes,
la responsabilidad de la Cámara es para con dicho titular, y en
ningún caso para con sus clientes.
Las condiciones de acceso de MEFF permiten que cualquier persona
física o jurídica puede ser titular de una cuenta de Cliente.
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2. Control
de Riesgos
El
control de riesgos se apoya en cuatro pilares:
- El riesgo de cada Miembro Liquidador es conocido en todo momento
por la Cámara.
- Las garantías depositadas en la Cámara son iguales o superiores
al riesgo máximo autorizado por la Cámara para cada Miembro
Liquidador, en todo momento.
- La Cámara tiene potestad para pedir garantías extraordinarias
de forma individual o colectiva (Margin Call) con el fin de
mantener su riesgo con cada Miembro Liquidador y con los Miembros
Liquidadores dentro de los márgenes establecidos.
- Las garantías sólo pueden estar materializadas en activos
de alta calidad crediticia.
La tecnología de MEFF permite, como se explica más adelante, no
sólo conocer el riesgo total con cada uno de los Miembros Liquidadores
en todo momento sino, además, conocer el riesgo desagregado de cada
una de las aproximadamente 5.000 cuentas abiertas en la Cámara.
Se describen a continuación cuáles son los mecanismos para asegurar
que el riesgo de cada Miembro está dentro de los límites autorizados,
en todo momento y cuáles son dichos límites:
- Variation Margin e Initial Margin
Al cierre de cada sesión, se procede a calcular el importe de
Variation Margin y de Initial Margin.
Por Variation Margin entendemos un ajuste diario a precios de
mercado de todos los futuros con posición abierta en la Cámara
a los que se le añade las primas negociadas en la sesión y las
comisiones.
Por Initial Margin, entendemos una Garantía relacionada con
la posición que tiene cada cuenta y que estima el coste de cerrar
dicha posición. MEFF utiliza su propio método de cálculo denominado
MEFFCOM2, que tiene muchas similitudes con el conocido método
SPAN.
Es política de MEFF que el importe resultante de la suma de Initial
Margin más Variation Margin cubran el peor caso que se obtiene
del dato de cuatro desviaciones estándar de determinadas distribuciones
de rendimientos para los activos o productos sobre los que registran
transacciones en la Cámara.
- Límite de la Posición Abierta
Antes del comienzo de cada sesión de mercado, las garantías depositadas
en la Cámara cubren riesgos extremos de las posiciones registradas
en ésta.
Como se ha comentado, la Cámara tiene la potestad de requerir
Garantías Extraordinarias a lo largo de una sesión de mercado.
Previamente al inicio de cada sesión es necesario evaluar el importe
que supondría un Margin Call para cada Miembro con el fin de que
dicho importe se adecue a su nivel de solvencia. A estos efectos,
cada Miembro Liquidador tiene asignado un Límite de la Posición
Abierta en función de su solvencia. El nivel de Riesgo por Posición
Abierta se obtiene simulando dos Margin Call, uno con subida de
precios y otro con bajada de precios. El mayor de dichos importes,
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