Los miembros liquidadores pueden negociar directamente en el mercado por cuenta propia y por cuenta de clientes. Al igual que los Miembros Liquidadores Custodios, deben realizar la constitución de las garantías por las posiciones abiertas y las liquidaciones de pérdidas y ganancias diarias por las transacciones realizadas por cuenta propia y de clientes, así como por las realizadas por otros Miembros con los que así lo hayan acordado y comunicado a MEFF. Además, deberá celebrar un contrato con uno o varios Miembros Liquidadores Custodios en los que realizará la constitución y el ajuste de las Garantías diarias.